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LA QUIEBRA Y EL DIVORCIO
La quiebra previa al divorcio
En un tiempo estas opciones eran impensables, a menos en
caso de extrema necesidad, pero en la actualidad el divorcio
es habitual en nuestra sociedad, y la quiebra se considera
como un instrumento de supervivencia financiera en estos
tiempos de mayor complejidad y dificultad económica. Si
piensan que se encaminan al divorcio y tienen muchas deudas entre
los dos, puede tener sentido que se presenten en quiebra antes
de comenzar los trámites de divorcio.
Esto puede ser útil para simplificar el divorcio
al resolver algunas de sus deudas. Junto con su cónyuge
podrían simplificar el trámite de divorcio al tener
menos deuda que resolver en el proceso de divorcio. También
sería más económico presentar una quiebra
conjunta que dos quiebras por separado. Además, se evita
la posibilidad de que el cónyuge se presente luego en quiebra
y deje que los acreedores de deudas conjuntas busquen que usted
solo pague esas deudas.
Algunos puntos a tener en cuenta:
- Las deudas en las que se incurre durante
el matrimonio, por lo general, son responsabilidad de ambas
partes en un proceso de divorcio
- Si su antiguo cónyuge no paga sus
deudas, usted será responsable de ellas.
- Si su antiguo cónyuge se presenta
en quiebra y usted no, usted será responsable de las
deudas contraídas en conjunto.
La quiebra durante el divorcio
Cuando uno o ambos cónyuges se presentan en quiebra, todos
los bienes que posean en común pasan a ser parte del caudal
en quiebra, que queda disponible para el pago de deudas, siempre
que los bienes no sean propiedad exenta. El caudal de quiebra
es simplemente el conjunto de bienes que usted posee en el momento
en que se presenta en quiebra.
Cuando usted o su cónyuge se presentan en
quiebra, una suspensión automática, de conformidad
con el código de quiebras, frena inmediatamente los esfuerzos
de los acreedores por cobrar el mayor monto posible de lo que
se les debe. Los acreedores que deseen continuar con el cobro
de sus deudas deberán solicitar la autorización
del Tribunal de Quiebras. No obstante, la suspensión automática
no le impide a usted solicitar al juzgado que lleva su proceso
de divorcio, que le ordene a su cónyuge pagar la pensión
alimenticia o el pago de mantenimiento de menores.
Una vez que un Tribunal de Quiebras decide que una
propiedad está "exenta", es decir, que no es
parte del caudal en quiebra y que por lo tanto no está
disponible para ser vendida con el fin de pagar deudas, el juzgado
que lleva su proceso de divorcio puede proceder a la división
de dicha propiedad.
La quiebra después
del divorcio
Usted ya ha pasado por el proceso del divorcio y se entera de
que su anterior cónyuge se ha presentado en quiebra. ¿Cómo
protegerse y asegurar el cumplimiento de su acuerdo de divorcio?
Si usted o su cónyuge se presentan en quiebra,
se hará efectiva una suspensión automática.
Esto significa que los acreedores deben cesar de intentar cobrar
sus deudas. Pero usted debe entender, sin embargo, que existen
excepciones a la suspensión automática.
Según los acuerdos de quiebra y de divorcio,
los pagos de ayuda para mantenimiento no se incluyen en la categoría
de deudas condonables. En otras palabras, su anterior cónyuge
aún debe hacerse cargo de sus deudas. Debe cumplir con
los pagos de ayuda para mantenimiento de un cónyuge anterior
o de hijos menores.
Algunos ejemplos incluyen ayuda en el mantenimiento
de hijos menores, pensión alimenticia o ayuda para el cónyuge,
así como también los honorarios del abogado en lo
que se refiere a estos temas.
A continuación se detallan deudas relacionadas
con la quiebra y el divorcio que no son condonables en caso de
presentación de quiebra:
- Pensión alimenticia
y mantenimiento de hijos menores
- Algunas obligaciones relativas
al acuerdo sobre bienes del divorcio
- Préstamos estudiantiles
- Deudas relacionadas con fraude
o robo
- Restitución penal
En conclusión, podría serle provechoso
presentarse en quiebra antes de iniciar un trámite de divorcio.
De este modo, el monto de deudas a dividir en el acuerdo de divorcio
podría ser menor. A su vez, esto facilitaría la
negociación de un acuerdo equitativo. También podría
ser más económico, dado que podría presentar
una petición de quiebra conjunta y no dos por separado.
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