INFORMACION IMPORTANTE

Conceptos Básicos Acerca de la Quiebra

Preguntas Frecuentes

¿En Que Consiste la Quiebra Bajo Capítulo 7?

¿Que Sucede Cuando el Cónyuge Se Presenta en Quiebra?

El Proceso de Quiebra

¿Que Puedo Conservar Después de la Quiebra?

La Quiebra y el Divorcio

Restablecimiento Después de la Quiebra

Defensa en Ejecución Hipotecaria

Propiedades Extentas en Case de Quiebra

Preservar su Vivienda y Vehículo

Impuestos y Préstamos Estudiantiles

Reforma en la Legislación Sobre Quiebras

¿Es la Quiebra Adecuada en Mi Caso Particular?

Mitos Acerca de la Quiebra

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EL PROCESO DE QUIEBRA

1. Calcule sus ingresos y analice su deuda
Antes de presentarse en quiebra debe identificar todos sus
ingresos, gastos, transacciones financieras, deudas –
incluidas las cuentas de tarjetas de crédito–, préstamos,
gastos médicos, préstamos estudiantiles, etc., las propiedades
que posee y cuáles de esas propiedades están exentas. Esto incidirá en el monto que tendrá que pagar en un plan de pagos en caso de quiebra bajo el Capítulo 13.

Además, deberá tener ingresos suficientes para realizar los pagos según el Plan propuesto bajo el Capítulo 13. De modo alternativo, un Plan bajo el Capítulo 13 que no proporcione pagos suficientes a los acreedores de la deuda, puede que no obtenga la aprobación del tribunal de quiebras debido a la objeción de un acreedor.

2a. Para presentación de quiebra bajo el Capítulo 7
Deben prepararse los documentos para presentar la Petición de quiebra. Estos documentos son bastante extensos; fácilmente pueden incluir cientos de páginas. Se deben enumerar ingresos, propiedades, gastos, deudas, y proporcionar información detallada acerca de estados financieros. Deben seguirse las reglamentaciones de los tribunales de quiebras federales y locales, así como también las reglamentaciones relativas a exenciones, al redactar la presentación de quiebra. Una vez que los documentos estén listos, deben presentarse ante el Tribunal de Quiebras Federal correspondiente, junto al pago de la tarifa de presentación aplicable.

2b. Para presentación de quiebra bajo el Capítulo 13
Para comenzar el proceso de quiebra bajo el Capítulo 13, los documentos necesarios para presentar la Petición de quiebra deben prepararse de modo similar a los de la quiebra bajo el Capítulo 7. Se deben enumerar ingresos, propiedades, gastos, deudas, y proporcionar información detallada acerca de estados financieros. Sin embargo, en una quiebra bajo el Capítulo 13 también se debe presentar un plan factible que proporcione un avalúo ecuánime de los propios gastos y el modo en que se planea el pago de deudas durante el tiempo que dure el plan. En general, en una quiebra bajo el Capítulo 13, algunos acreedores recibirán el 100% de lo que se les debe, mientras que otros recibirán un porcentaje mucho menor. El Plan bajo el Capítulo 13 consiste en un período de pagos de entre tres y cinco años.

3. Reunión con acreedores
Aproximadamente 30 días después de la presentación de quiebra y de su aceptación por parte del Tribunal, el Tribunal establece una reunión con los acreedores, conforme al Artículo 341 del Código de Quiebras. Los acreedores recibirán notificación del Tribunal informando de la presentación de su Petición y la fecha en la que se llevará a cabo la reunión. Usted debe asistir a esta reunión, en la que todos los acreedores tienen el derecho de interrogarlo acerca de sus deudas, bienes, etc., y cualquier objeción relativa a su quiebra debe discutirse en ese momento. En casi todos los casos, ésta será la única reunión que se realizará para la mayoría de los deudores. En algunos casos, sólo asisten a la reunión unos pocos acreedores. Si se presenta una objeción y no se puede llegar a una resolución, el juez que preside deberá intervenir.

Luego de esta audiencia por lo general usted no necesitará regresar al juzgado en el caso de una quiebra bajo el Capítulo 7. No obstante, si un acreedor presenta una moción o una acción adversativa, es muy probable que usted deba regresar al juzgado.

En la mayoría de los casos, en una quiebra bajo el Capítulo 7 el Tribunal de Quiebras hará pública la rehabilitación automáticamente 60 días después de la reunión de acreedores.

4. Aprobación del Tribunal de los Planes de pagos bajo el Capítulo 13
En una quiebra bajo el Capítulo 13 el Tribunal de Quiebras llevará a cabo una audiencia para el Deudor, con el fin de obtener la "Confirmación" de aprobación judicial del plan bajo el Capítulo 13. De acuerdo con el Plan, usted debe realizar pagos –mensuales, por lo general– al Síndico de la Quiebra: un funcionario designado por el Tribunal de Quiebras para seguir su caso. El síndico paga a sus acreedores y cobra unos honorarios conforme a la ley, sobre la base de los montos pagados de acuerdo con su plan. Usted debe cumplir con el cronograma de pagos y los requisitos del plan.

 

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