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PRESERVAR SU VIVIENDA Y VEHÍCULO
Una de las ideas falsas más generalizadas
acerca de la
quiebra es que se debe dejar todo lo que posee al presentarse
en quiebra. Al contrario, muchos de nuestros clientes pueden
salvar sus viviendas, vehículos, planes de retiro y bienes
personales, como por ejemplo mobiliario y artefactos del hogar
hasta determinado límite. Según las leyes de exención
de Florida, puede que usted logre conservar muchas de sus posesiones.
Ayudamos a los individuos y familias a proteger su propiedad y
los asesoramos sobre lo que se considera propiedad exenta y no
exenta.
Es de fundamental importancia que usted continúe
realizando los pagos de su crédito hipotecario y del préstamo
que obtuvo para adquirir su vehículo para poder conservar
su vivienda y automóvil.
En el estudio jurídico de Carrillo &
Carrillo, P.A. en Miami, Florida, tenemos una larga trayectoria
en asuntos legales. Hemos ayudado a individuos y familias a proteger
su propiedad y lo asesoramos sobre lo que se considera propiedad
exenta y no exenta.
Florida tiene exenciones muy liberales que se aplican
en caso de quiebra. La exención con respecto a la residencia
familiar le permite al deudor tener una exención de este
tipo sin límite. La exención tiene un límite
de $125,000 sólo si la propiedad fue adquirida dentro de
los 1215 días anteriores (3 años, 4 meses).
La quiebra ha sido pensada para que usted pueda
regresar a la actividad financiera, no para quitarle sus posesiones.
En Carrillo & Carrillo, P.A. le brindamos el
más alto nivel de servicio personalizado y de atención
a los detalles, proporcionándole todos los recursos que
se requieren para tomar decisiones difíciles para usted
y su familia.
Comuníquese con los abogados de Carrillo
& Carrillo, P.A. para coordinar una consulta inicial sin cargo,
y permítales ayudarlo a evaluar su situación y a
encontrar soluciones a sus problemas financieros.
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