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PROPIEDADES EXENTAS EN
CASO DE QUIEBRA
La quiebra bajo el Capítulo 7 suele ser la
más adecuada
para un individuo con un ingreso modesto, pocos bienes
y deudas comparativamente altas. Por lo general se utiliza
para proporcionar alivio en casos en los que los problemas
financieros de una persona son de tal magnitud que aun una reestructuración
de su deuda sería razonable. Por lo general le permite
cancelar la mayor parte de su deuda.
El código de quiebras le permite conservar
determinados bienes al presentarse en quiebra. Esos bienes constituyen
su propiedad exenta. El Síndico de la Quiebra no puede
tomar la propiedad exenta y usted puede conservar todas sus propiedades
exentas. El Síndico puede tomar la propiedad no exenta
y venderla para beneficiar a sus acreedores quirografarios.
Una persona que se presenta en quiebra en Florida
en la actualidad es elegible para las exenciones aplicables a
la propiedad según la Constitución de Florida. Florida
tiene exenciones bastantes liberales favorables al deudor que
se presenta en quiebra en este estado. La exención con
respecto a la residencia familiar es casi sin límite y
permite que un deudor preserve su vivienda; la única limitación
es que la exención tiene un límite de $125,000 si
la propiedad fue adquirida dentro de los 1215 días previos
(3 años, 4 meses).
Exenciones adicionales incluyen bienes personales
(hasta cierto límite), planes de pensión, beneficios
públicos, pensión alimenticia y ayuda para el mantenimiento
de menores, beneficios de seguros (discapacidad, enfermedad y
fallecimiento).
No obstante, es importante tener presente que la quiebra no cancela
la responsabilidad del pago de ayuda para mantenimiento de hijos
menores, préstamos estudiantiles, deudas contraídas
por conducir ebrio y ciertos impuestos federales.
El principal objetivo de las exenciones es protegerlo
a usted y su familia, y ayudar a que mantengan un nivel normal
de vida durante los períodos difíciles. El objetivo
de la quiebra es que usted pueda volver a la actividad mediante
la cancelación de sus deudas a través de un procedimiento
de quiebra.
Si desea información adicional sobre la quiebra,
póngase en contacto con Carrillo & Carrillo, P.A. para
coordinar una consulta sin cargo a fin de analizar sus opciones
legales.
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