INFORMACION IMPORTANTE

Conceptos Básicos Acerca de la Quiebra

Preguntas Frecuentes

¿En Que Consiste la Quiebra Bajo Capítulo 7?

¿Que Sucede Cuando el Cónyuge Se Presenta en Quiebra?

El Proceso de Quiebra

¿Que Puedo Conservar Después de la Quiebra?

La Quiebra y el Divorcio

Restablecimiento Después de la Quiebra

Defensa en Ejecución Hipotecaria

Propiedades Extentas en Case de Quiebra

Preservar su Vivienda y Vehículo

Impuestos y Préstamos Estudiantiles

Reforma en la Legislación Sobre Quiebras

¿Es la Quiebra Adecuada en Mi Caso Particular?

Mitos Acerca de la Quiebra

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PROPIEDADES EXENTAS EN
CASO DE QUIEBRA

La quiebra bajo el Capítulo 7 suele ser la más adecuada
para un individuo con un ingreso modesto, pocos bienes
y deudas comparativamente altas. Por lo general se utiliza
para proporcionar alivio en casos en los que los problemas
financieros de una persona son de tal magnitud que aun una reestructuración de su deuda sería razonable. Por lo general le permite cancelar la mayor parte de su deuda.

El código de quiebras le permite conservar determinados bienes al presentarse en quiebra. Esos bienes constituyen su propiedad exenta. El Síndico de la Quiebra no puede tomar la propiedad exenta y usted puede conservar todas sus propiedades exentas. El Síndico puede tomar la propiedad no exenta y venderla para beneficiar a sus acreedores quirografarios.

Una persona que se presenta en quiebra en Florida en la actualidad es elegible para las exenciones aplicables a la propiedad según la Constitución de Florida. Florida tiene exenciones bastantes liberales favorables al deudor que se presenta en quiebra en este estado. La exención con respecto a la residencia familiar es casi sin límite y permite que un deudor preserve su vivienda; la única limitación es que la exención tiene un límite de $125,000 si la propiedad fue adquirida dentro de los 1215 días previos (3 años, 4 meses).

Exenciones adicionales incluyen bienes personales (hasta cierto límite), planes de pensión, beneficios públicos, pensión alimenticia y ayuda para el mantenimiento de menores, beneficios de seguros (discapacidad, enfermedad y fallecimiento).
No obstante, es importante tener presente que la quiebra no cancela la responsabilidad del pago de ayuda para mantenimiento de hijos menores, préstamos estudiantiles, deudas contraídas por conducir ebrio y ciertos impuestos federales.

El principal objetivo de las exenciones es protegerlo a usted y su familia, y ayudar a que mantengan un nivel normal de vida durante los períodos difíciles. El objetivo de la quiebra es que usted pueda volver a la actividad mediante la cancelación de sus deudas a través de un procedimiento de quiebra.

Si desea información adicional sobre la quiebra, póngase en contacto con Carrillo & Carrillo, P.A. para coordinar una consulta sin cargo a fin de analizar sus opciones legales.

 

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