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REFORMA EN LA LEGISLACIÓN
SOBRE QUIEBRAS
Como con cualquier otra decisión importante
en la vida, la
decisión de presentarse en quiebra o no presentarse en
quiebra debe analizarse cuidadosamente.Claramente, la
nueva legislación sobre quiebras ha hecho más difícil
presentarse en quiebra a quienes se encuentran endeudados. El
objetivo de las nuevas leyes sobre quiebras fue el de asegurar
que sólo puedan presentarse en quiebra quienes realmente
necesiten una cancelación completa de sus deudas. Esto
ha llevado a la falsa idea de que la quiebra ya no es un recurso
disponible.
Las reformas de 2005 al Código de Quiebras
de los Estados Unidos abrieron una nueva era en la historia de
la legislación sobre quiebras; en la actualidad se requiere
calificar mediante una Prueba de Calificación Socioeconómica
antes de presentarse en quiebra bajo el Capítulo 7. La
Prueba de Calificación Socioeconómica se fija en
su ingreso promedio de los 6 meses previos a la presentación,
y compara su ingreso con el ingreso medio en el estado en el que
usted reside. También se implementaron otros requisitos.
Usted debe recibir un informe de una agencia de asesoramiento
crediticio, y ese informe debe ser aprobado por el tribunal de
quiebras dentro de los seis meses de haber solicitado la protección
en caso de quiebra prevista en el Capítulo 7. Además,
también se le solicitará que asista a una clase
de administración financiera antes de que se le cancelen
sus deudas.
Si bien no es obligatorio tener un abogado al presentarse
en quiebra, es definitivamente, muy recomendable. El papeleo de
una quiebra puede ser apabullante y – dependiendo de las
proporciones de sus activos y pasivos – el proceso puede
ser muy complejo y resultar en una experiencia muy estresante
para usted. En Carrillo & Carrillo, P.A. lo orientaremos y
le explicaremos en detalle toda la reforma de la legislación
sobre quiebras y cómo estas reformas inciden en su situación
en particular.
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